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Visa de Emprendedor de España

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Visa de Emprendedor de España (Startup Visa)

La Visa de Emprendedor de España es una vía de residencia para ciudadanos no comunitarios que desean crear, desarrollar y gestionar un proyecto de negocio innovador en España. Las solicitudes presentadas desde España reciben un permiso de residencia de 3 años, con pleno derecho a trabajar y autorización de trabajo directa para los familiares.

¿Qué es la Visa de Emprendedor?

La Visa de Emprendedor de España, regulada por la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización como autorización de residencia para emprendedores y reforzada por la Ley de Startups (Ley 28/2022), está diseñada para ciudadanos no comunitarios que aportan modelos de negocio innovadores, tecnológicos y escalables a la economía española. Las solicitudes presentadas desde España reciben un permiso inicial de 3 años, renovable por períodos de 3 años.

Importante: Tu proyecto de negocio es el centro de esta visa. Su carácter innovador y su escalabilidad son evaluados por ENISA (Empresa Nacional de Innovación). Un plan de negocio bien estructurado es la condición esencial para la aprobación.

Requisitos

1. Requisitos Financieros (2026)

  • Solicitante principal: Un mínimo mensual de €2,849 (200% del salario mínimo interprofesional, SMI) en medios financieros acreditados
  • Familiares: Un 75% adicional del SMI para una unidad familiar de dos personas (aproximadamente €1,068 al mes); un 25% del SMI por cada miembro adicional (aproximadamente €356 al mes)
  • Pruebas aceptadas: ahorros personales, extractos bancarios, capital riesgo, fondos de business angels, presupuesto de startup aprobado — debe acreditarse la titularidad, licitud y disponibilidad de los fondos

2. Proyecto de Negocio Innovador e Informe ENISA

Debes presentar un proyecto de negocio innovador y escalable que aporte valor añadido a la economía española. Su carácter innovador es certificado por ENISA (Empresa Nacional de Innovación). La empresa debe ser de nueva creación (no más de 5-7 años), no haber distribuido dividendos, no cotizar en bolsa, tener su sede en España y emplear al menos el 60% de su plantilla en España.

3. Cualificación Profesional

Debes acreditar un título universitario relacionado con tu actividad o al menos 3 años de experiencia profesional en el mismo campo. Las autoridades españolas se centran en la coherencia profesional y la documentación verificable.

4. Cobertura Sanitaria

Una vez en marcha el proyecto, es obligatorio el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que da acceso al Sistema Nacional de Salud. Para el período de transición debe presentarse un seguro médico privado sin copagos y con cobertura equivalente al sistema nacional.

5. Antecedentes Penales y Situación Legal

Solo se exigen certificados de antecedentes penales apostillados y con traducción jurada de los países de residencia de los últimos 2 años; para el resto del período de 5 años se acepta una Declaración Responsable firmada. No debes encontrarte en situación irregular en España en el momento de la solicitud. Esta visa no exige certificado médico.

Proceso de Solicitud

  1. 1.
    Evaluación Previa y Plan de Negocio: Se evalúa la adecuación de tu perfil y tu idea de negocio a los criterios del programa; se prepara un plan de negocio conforme a los estándares de ENISA (descripción del proyecto, producto/servicio, análisis de mercado, plan de financiación, valor añadido para España)
  2. 2.
    Evaluación de ENISA: El CV detallado y el plan de negocio se presentan en la plataforma de ENISA; la evaluación dura aproximadamente 3 meses
  3. 3.
    Solicitud de Residencia: La Tasa 790 (Código 038) se abona por separado para cada solicitante; la solicitud se presenta electrónicamente ante la UGE-CE (Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos)
  4. 4.
    Resolución de la UGE-CE: Tras el informe favorable de ENISA, la UGE-CE resuelve la autorización de residencia en 30 días
  5. 5.
    Vía de Solicitud: Las solicitudes desde España reciben directamente un permiso de 3 años; las solicitudes consulares desde el extranjero reciben primero un visado de 1 año, que se convierte en un permiso de residencia de 3 años tras entrar en España
  6. 6.
    Trámites de Instalación: Empadronamiento, Número de Identidad de Extranjero (NIE), alta fiscal, cita de toma de huellas y la tarjeta TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero)

Ventajas

  • Permiso de Residencia de 3 Años: Las solicitudes desde España reciben un permiso inicial de 3 años, renovable por períodos de 3 años (1 año + renovaciones de 2 años en el régimen general)
  • Pleno Derecho a Trabajar: Puedes trabajar en tu propia empresa (RETA - Autónomo) y, al mismo tiempo, por cuenta ajena para otra empresa
  • Autorización de Trabajo Directa para la Familia: Cónyuge, pareja e hijos pueden solicitar juntos y reciben derecho a trabajar sin restricciones, sin permisos adicionales
  • Régimen Fiscal Beckham: Tipo fijo del 24% sobre los rendimientos del trabajo de fuente española durante 5 años (hasta €600,000); también disponible para tu cónyuge e hijos menores de 25 años
  • Libre Circulación por Schengen: Viaja por el espacio Schengen sin la regla de los 90/180 días
  • Residencia Flexible: Sin requisito de presencia física de 183 días; sin certificado médico, y los antecedentes penales solo se exigen de los países de residencia de los últimos 2 años

Notas Importantes

  • ⚠️
    La Vía de Solicitud es Determinante: Solicitar desde España (estando legalmente como turista o estudiante) otorga directamente un permiso de 3 años; la vía consular otorga primero un visado de 1 año
  • ⚠️
    Residencia de Larga Duración: Tras 5 años de residencia continuada puedes solicitar la residencia de larga duración; las ausencias no deben superar 6 meses continuados ni 10 meses en total en los 5 años (1 año por motivos laborales)
  • ⚠️
    Los Criterios de ENISA son Prioritarios: Cumplir los criterios de innovación, escalabilidad y valor añadido en el plan de negocio es la condición previa para la aprobación; ten en cuenta los aproximadamente 3 meses de evaluación de ENISA en tu planificación

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Con 25 años de experiencia, gestionamos tu solicitud de la Visa de Emprendedor de principio a fin:

  • Evaluación previa de elegibilidad y de la idea de negocio
  • Apoyo en la preparación del plan de negocio conforme a los criterios de ENISA
  • Preparación y traducción de toda la documentación
  • Planificación fiscal y solicitud de la Ley Beckham
  • Solicitud de la tarjeta TIE tras tu llegada a España
  • Constitución de la empresa y alta en el RETA (Autónomo)
  • Búsqueda de vivienda y apoyo en la instalación

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